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Planes de Autoprotección por Incendios Forestales en Andalucía: ¿Quién está obligado a tenerlos?

Con el aumento de incendios forestales en Andalucía, la Junta dispone de una serie de requisitos legales para que tanto municipios como particulares tomen medidas preventivas claras. Uno de los instrumentos clave son los Planes de Autoprotección por Incendios Forestales. Pero ¿Quién tiene obligación de redactarlos?

¿Qué es un Plan de Autoprotección por Incendios Forestales?

Es un documento técnico que identifica los riesgos de incendio en un entorno forestal concreto y define cómo prevenirlos y cómo actuar si ocurre una emergencia. Incluye:

  • Análisis del entorno natural.
  • Medidas de prevención y vigilancia.
  • Medios de extinción disponibles.
  • Plan de evacuación y señalización.
  • Mapa detallado con accesos, cortafuegos, hidrantes, etc.

¿Quién está obligado a tenerlo?


Según el Decreto 247/2001 y las actualizaciones del Plan INFOCA, están obligados a redactar este plan:

  • Titulares de edificaciones, instalaciones o actividades situadas en zonas forestales o de influencia forestal, es decir:
    • Viviendas aisladas o urbanizaciones cercanas al monte.
    • Campings, casas rurales o alojamientos turísticos en entornos forestales.
    • Infraestructuras públicas o privadas en contacto con masa forestal.
    • Actividades industriales, agrícolas o ganaderas próximas al bosque.
  • Promotores de nuevos proyectos en zonas con riesgo de incendio forestal, como parte de la documentación exigida para licencias urbanísticas o ambientales.
  • Personas o entidades responsables de espacios protegidos o equipamientos recreativos situados en áreas forestales.

¿Qué requisitos debe cumplir?

  • Redacción por técnico competente.
  • Contenido técnico completo, adaptado al entorno y al nivel de riesgo.
  • Coherencia con los planes locales de emergencia y el Plan INFOCA.
  • Implantación efectiva: formación, cartelería, medios, simulacros.
  • Entrega y registro ante la administración correspondiente.

¿Qué pasa si no lo tienes?

  • No contar con un plan puede derivar en sanciones administrativas, especialmente si se ha producido un incendio y no existía protocolo.
  • Puede suponer responsabilidad civil o penal si se demuestra negligencia.
  • Además, sin este plan, pueden denegarse licencias o ayudas públicas.

Ventajas de tenerlo

  • Garantiza una respuesta rápida y eficaz ante un incendio.
  • Protege vidas, bienes y el entorno natural.
  • Mejora la coordinación con INFOCA y Protección Civil.
  • Aumenta las posibilidades de obtener subvenciones o permisos.

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